La doctrina mayoritaria no considera la representação inverventiva, prevista en la Constitución de 1946, como la que instituyó el control abstracto en Brasil, ya que no tendría efecto erga omnes y su alcance estaría limitado a la judicialización de conflictos federativos. En sentido contrario, al defender que fue la RP, no la Representación de Inconstitucionalidad, la que inauguró el control abstracto, el presente artículo busca demostrar que la lectura mayoritaria padece de anacronismo y, por lo tanto, borra la principal característica de esta modalidad de control: el desplazamiento del Poder Judicial de la protección de derechos individuales ante el caso concreto, habilitándolo para participar en la Gestión del Estado, es decir, en la organización de los Poderes, la Federación y la Administración. Las conclusiones se basan en el análisis empírico de decisiones publicadas por la Suprema Corte de Brasil en sus revistas oficiales, en cuatro períodos diferentes (1957-1964; 1985-1989; 1995-2004; 2012-2016), clasificadas según el tipo de expediente, su objeto, el origen de la norma y el resultado del fallo.
Palabras clave
Representación para intervención; control de constitucionalidad; control abstracto de normas; historia y memoria; jurisdicción constitucional
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Fonte: Elaborado pelo autor.
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