Open-access EL PROCEDE EN LA REORGANIZACIÓN SOCIOTERRITORIAL DE TIXMADEJÉ, MÉXICO

THE PROCEDE IN THE SOCIOTERRITORIAL REORGANIZATION OF TIXMADEJE, MEXICO

O PROCEDE DA REORGANIZAÇÃO SOCIOTERRITORIAL DE TIXMADEJÉ, MÉXICO

Resumen

El artículo analiza el papel del Programa de Certificación de Derechos Ejidales y Titulación de Solares Urbanos (PROCEDE) en la reorganización social y territorial en Tixmadejé, México, entre 2005 y 2018. Con el PROCEDE inició una nueva etapa para el sector agrario mexicano, dado que dio derechos de propiedad a los campesinos y fomentó la inversión privada para incentivar la agricultura de cultivos para exportación. La investigación se realizó desde la historia agraria, a través de fuentes orales, se obtuvo la experiencia de los actores locales para saber la manera en que se apropió y negoció la inclusión de este programa en la localidad dependiendo del tipo de tenencia de la tierra (ejido y comunidad agraria). El papel de PROCEDE en Tixmadejé fue relevante, puesto que incluyó a los sujetos agrarios como los avecindados y posesionarios quienes cambiaron el uso del suelo. Sin embargo, las decisiones al interior de los núcleos agrarios también incidieron en la reconfiguración social y territorial de la localidad.

PROCEDE; Ejido; Comunidad agraria; Reorganización socioterritorial; Sujetos agrarios


Abstract

The article analyzes the role of the Program of Certification of Rights to Ejido Lands and Titling of Urban Lots (PROCEDE) in the social and territorial reorganization in Tixmadejé, Mexico, between 2005 and 2018. With PROCEDE, a new stage began for the Mexican agricultural sector, since It gave property rights to farmers and encouraged private investment to encourage the agriculture of crops for export. The research was carried out from agrarian history, through oral sources, the experience of local actors was obtained to know the way in which they appropriated and negotiated the inclusion of this program in the locality depending on the type of land ownership (ejido and agrarian community). The role of PROCEDE in Tixmadejé was relevant, since it included agrarian subjects such as avecindados and possessors who changed the use of the land. However, the decisions within the agrarian centers also influenced the social and territorial reconfiguration of the locality.

PROCEDE; Ejido, agrarian community; Socioterritorial reorganization; Agrarian subjects


Resumo

O artigo analisa o papel do Programa de Certificação de Direitos de Terras Comunais e Titulação de Lotes Urbanos (PROCEDE) na reorganização social e territorial em Tixmadejé, México, entre 2005 e 2018. O PROCEDE marcou o início de uma nova era para o setor agrícola mexicano, pois concedeu direitos de propriedade aos agricultores e incentivou o investimento privado para estimular o cultivo de produtos agrícolas para exportação. A pesquisa foi realizada a partir da história agrária, por meio de fontes orais, e da experiência de atores locais para entender como a inclusão deste programa foi apropriada e negociada na localidade dependendo do tipo de posse da terra (ejido e comunidade agrária). O papel do PROCEDE em Tixmadejé foi relevante, pois incluiu sujeitos agrários, como moradores e proprietários de terras que mudaram o uso da terra. Contudo, decisões dentro dos centros agrários também influenciaram a reconfiguração social e territorial da localidade.

PROCEDE; Ejido; comunidade agraria; Reorganização socioterritorial; Sujeitos agrários


INTRODUCCIÓN

La reforma al artículo 27 constitucional en 1992 puso fin a una de las políticas más trascendentales del siglo XX impulsada por la Revolución mexicana, el reparto agrario. La reforma se consolidó con la implementación del Programa de Certificación de Derechos Ejidales y Titulación de Solares Urbanos (PROCEDE) en 1993.1 Este programa representó el comienzo de una nueva etapa para el sector agrario del país. El objetivo de PROCEDE era otorgar certeza y seguridad jurídica sobre la tenencia de la tierra de origen social, a través de la certificación de derechos parcelarios y de uso común, así como de la titulación de solares urbanos.2 La administración de Carlos Salinas de Gortari3 justificó su implementación al dar derecho de propiedad a los campesinos, aunque lo que se pretendió fue crear un mercado de tierras, pues les dio a los campesinos la posibilidad de disponer de sus parcelas como mejor les conviniera.

Para la zona urbana, el PROCEDE era viable debido a la expansión de las ciudades; la venta de terrenos ejidales contribuyó a la ampliación de las zonas habitacionales. Como lo señala Héctor Robles (2003), en el periodo de 1995 a 2000 se incorporaron unas 150,000 hectáreas de suelo libre, para satisfacer necesidades de vivienda, equipamiento urbano y desarrollo regional. Aproximadamente dos terceras partes de la tierra requerida para el crecimiento urbano fue ejidal o comunal.

Con respecto a la agricultura, al dar autonomía a los ejidos y comunidades agrarias, el programa de titulación fomentó la inversión privada, principalmente en regiones con mejores condiciones de suelo y clima como el noroeste de México o el Bajío. La venta de terrenos a capital privado favoreció a la agricultura intensiva,4 con el aumento en la producción de cultivos para la exportación como las frutillas o el aguacate. Esto ante la inminente apertura al mercado internacional con la implementación del Tratado de Libre Comercio para América del Norte (TLCAN).5 Al respecto, el presidente Salinas señaló “la inversión extranjera constituye un canal importante de financiamiento, de transferencia de tecnología, absorción de mano de obra y capacidad de exportación” (Informe presidencial, 1992, p. 236). No obstante, este cambio en el modelo agrícola de los noventa no incluyó a la agricultura tradicional,6 puesto que por sus características no podían producir para el mercado. A pesar de esto, el PROCEDE fue el programa agrario de mayor trascendencia a nivel local durante el cambio a las políticas económicas neoliberales en México, ya que reconfiguró los núcleos agrarios7 con la inclusión de otros actores.

Sin embargo, como lo señala Roberto Escalante (2001), aun cuando la certificación y titulación de la tenencia de la tierra ejidal es ya un hecho en más de la mitad de los ejidos y comunidades de México. Esto no ha dado lugar a las expectativas oficiales de una transparencia generalizada en las transacciones con tierras ni a un cambio notable en el uso eficiente del suelo y el mejoramiento económico del sector rural. Esto estuvo relacionado con la manera en que los actores locales se apropiaron y negociaron este programa, además, de las relaciones sociales que se desarrollaron al interior de los núcleos agrarios.

El presente trabajo analiza el papel de PROCEDE en la reorganización social y territorial de Tixmadejé, Estado de México, entre 2005 y 2018. La investigación se aborda desde el enfoque de la historia agraria, perspectiva que no solo analiza la tenencia de la tierra, sino que como señala Gloria Sanz (2004) contempla a los campesinos y su relación con factores políticos, sociales, ambientales y económicos que inciden en la apropiación de la tierra y en su práctica agrícola. La investigación es un acercamiento a lo que sucedió a nivel local. Si bien el gobierno estipuló políticas agrarias como el programa de certificación a nivel nacional, es conveniente analizar el actuar de los actores locales ante estas modificaciones. Para esto, el trabajo se realizó mediante la historia oral, dado que es desde la experiencia de los campesinos que se explica el papel de PROCEDE en Tixmadejé. El trabajo toma el periodo comprendido entre 2005 a 2018, inicia en ese año porque es cuando se implementó el programa de certificación en la localidad8 y hasta 2018,9 con el cambio de régimen político con el que se retoma una postura nacionalista hacia la agricultura en busca de la autosuficiencia alimentaria.10

El artículo se divide en cuatro apartados: en primer lugar, se realiza una aproximación a Tixmadejé, donde se describen algunas características del lugar y se explican los sistemas de tenencia de la tierra y a los sujetos agrarios, lo que permite conocer la organización al interior de la localidad. En la segunda sección se analiza la implementación de PROCEDE en el ejido y la comunidad agraria, con la finalidad de identificar las diferencias y similitudes. En la tercera parte, se expone de qué manera este programa incidió en la agricultura de maíz en la localidad, y finalmente, a manera de conclusiones se retoman algunos aspectos relevantes del texto.

UNA APROXIMACIÓN A TIXMADEJÉ: LOS SISTEMAS DE TENENCIA DE TIERRA Y LOS SUJETOS AGRARIOS

Tixmadejé es una localidad del municipio de Acambay ubicada al noroeste del Estado de México en México (véase mapa 1), es de origen otomí,11 por lo que la toponimia de las comunidades con mayor antigüedad procede de esta lengua. Tixmadejé significa “sobre el agua”. Se localiza en una zona irregular con sierras, lomeríos y valles, a una altitud de más de 2,700 msnm y su clima es templado, subhúmedo y con lluvias en verano. La agricultura de maíz de temporal es la principal actividad económica de la localidad,12 y por sus condiciones geográficas y los niveles de precipitación, la producción y la variedad de maíces cultivados son diversos en Tixmadejé.

Mapa 1
– La localización de Tixmadejé, México

Un aspecto para considerar al analizar el papel de PROCEDE en la localidad son los sistemas de tenencia de tierra. En Tixmadejé existe tierra ejidal y comunal. El ejido, según Emilio Kourí (2015), es la institución de la reforma agraria que se basa en la Ley Agraria del 6 de enero de 1915 creada para devolver o dotar de tierras a los pueblos.13 El ejido fue una invención que se basó en la antigua identidad comunal de los pueblos, y se caracterizó por su uso colectivo. La figura del ejido trató de legitimar un proceso histórico como lo fue la Revolución mexicana. Si bien esta institución fue creada con un propósito por parte del Estado, ha sido a nivel local donde se ha modificado su organización y funcionamiento. Tal como ha sucedido en el ejido de Tixmadejé, en donde los ejidatarios han decidido la organización y la distribución de los recursos.

Por su parte, la propiedad comunal tiene su origen en la época prehispánica, “con predominio de las comunidades o de los calpulli, en el cual era concedido a una familia, una tribu o cierto número de personas, que se transmitía sucesoriamente” (Bolívar y Flores, 2015, p. 84). En la época novohispana era una forma de organización indígena donde la tierra le pertenecía a la comunidad y no a los individuos. Al respecto, Emilio Kourí (2017) menciona que la propiedad comunal se ha explicado como un conjunto coherente de prácticas sociales estables, de amplia aceptación a nivel local, que respondían a una lógica operativa muy diferente a la que rige en la propiedad privada. Según esta visión, las comunidades eran dueñas y administradoras de sus tierras; la parte fundamental de este acuerdo era que la distribución interna en el acceso a la tierra era inclusiva y, si bien no igualitaria, tendía en principio a procurar cierta equidad colectiva. Al igual que con el ejido, Kourí cuestiona en qué medida este tipo de tenencia de la tierra se organizó conforme a lo establecido por la ley o si los acuerdos al interior de estas comunidades fueron los que determinaron su funcionamiento. “No hay nada que indique que la distribución normal de los derechos de acceso a la propiedad de las comunidades antes de las desamortizaciones14 era equitativa y consensuada, sino al contrario. Hay una imagen idealizada a priori del carácter de la vida comunitaria” (Kourí, 2017, p. 1937).

Para el caso de la localidad, el ejido, según el Padrón e Historial de Núcleos Agrarios (PHINA), se nombra Tixmadejé,15 con una extensión territorial de 2,131 hectáreas, la cual ha estado integrada por trece localidades.16 El ejido se compone por un 70 % de bosque, un 20 % de zona agrícola y un 10 % para asentamiento humano. Mientras que, la comunidad agraria se llama Santa María Tixmadejé,17 con una extensión de 3,362 hectáreas, de la cuales 2,252 es parcelada y 1,110 es de uso común (véase Mapa 2). La comunidad agraria se ha conformado por once pueblos,18 siendo la más extensa del municipio.

Mapa 2
– El ejido y la comunidad agraria de Tixmadejé

Tanto el ejido como la comunidad agraria se han organizado a través de asambleas ejidales y comunales.19 Estas han sido la máxima autoridad dentro de Tixmadejé y su importancia radica en que fueron las que decidieron qué programas agrarios propuestos por los gobiernos federales y estatales se aplicaron a nivel local. Las asambleas se conformaron por los ejidatarios y comuneros legalmente reconocidos ante el Registro Agrario Nacional (RAN) y la localidad. 20 Sin embargo, en Tixmadejé existen otros sujetos agrarios.

Para Leonel Flores (2017), los sujetos agrarios son los tipos de individuos reconocidos legalmente como integrantes de los núcleos agrarios, como los ejidatarios,21 los comuneros,22 los avecindados23 y los posesionarios. En el caso de Tixmadejé existen los cuatro tipos de sujetos agrarios. Los datos del PHINA señalan que en el ejido hay 540 ejidatarios. Mientras que en la comunidad agraria de Tixmadejé se encuentran 1,912 comuneros. Con respecto a los avecindados, en la localidad así se les conoce a las personas que están haciendo un trámite para ser comuneros legalmente reconocidos ante el RAN. Normalmente, son los hijos de los comuneros a quienes se les nombra de esta manera. Según el PHINA solo existen 16 personas con esa categoría. Por su parte, los posesionarios en Tixmadejé son todas aquellas personas que solo tienen un terreno dentro de la localidad, pero no un certificado parcelario, lo que ha limitado su participación en las decisiones de la comunidad.

Un aspecto para resaltar con respecto a los datos del PHINA acerca de los sujetos agrarios es que estos difieren de la información registrada por los comisariados de Tixmadejé;24 quienes señalan que eran 552 ejidatarios, aunque desde 2012 solo contemplaron a 402 legalmente reconocidos, debido a que algunos fallecieron y no dejaron sucesor o porque su familia no ha reclamado el derecho. Además, existen 2,678 comuneros, 800 posesionarios y 35 avecindados. La diferencia de los datos se debe a la organización al interior de las asambleas, pues aun cuando se rigen bajo la Ley Agraria, algunas decisiones como la incorporación de sujetos agrarios dependieron de los acuerdos entre ejidatarios y comuneros. “Los ejidatarios han continuado estableciendo sus propias reglas, que, si bien son racionales desde el punto de vista de sus necesidades sociales, en muchos casos son contrarias a lo estipulado por la ley” (Rivera, 2007, p. 117).

El proceso para incorporar sujetos agrarios a Tixmadejé ha dependido tanto de las regulaciones oficiales hechas por el gobierno como por los acuerdos locales. Un aspecto para considerar es que el título de ejidatario y comunero era heredado. Sin embargo, con la incorporación de PROCEDE, la manera de integrar sujetos agrarios a la localidad se modificó completamente, como se verá en el siguiente apartado. Analizar a los sujetos agrarios dentro de Tixmadejé permite conocer las diferencias en la apropiación del territorio y de las políticas.

EL PROCEDE EN EL EJIDO Y LA COMUNIDAD AGRARIA DE TIXMADEJÉ

PROCEDE fue el programa de mayor trascendencia a nivel local, dado que incluyó a otros actores que reorganizaron el territorio de la localidad. El PHINA señala que la fecha de inscripción del ejido de Tixmadejé a PROCEDE fue el 10 de diciembre de 2002; no obstante, este programa no fue aprobado por la asamblea. La desconfianza de los ejidatarios fue lo que provocó que los terrenos ejidales no fueran parte de PROCEDE, ya que los campesinos pensaron que con este programa el gobierno les quitaría sus terrenos.

La libertad de los núcleos agrarios de elegir si aceptaban PROCEDE era parte de los lineamientos del programa. Como lo señala Luis Téllez (1994), la nueva legislación ofreció a los sujetos agrarios la opción de participar en PROCEDE voluntariamente y recibir títulos de propiedad individual y privados, y de esta forma incentivar la inversión de nuevas tecnologías y mejorar sus prácticas productivas.

El no incorporar PROCEDE al ejido incidió en el traspaso de tierras. Al no ser propietarios legitimados por el gobierno, no podían vender a personas ajenas al ejido. Como lo menciona el comisariado ejidal M. Germán, “no hay un documento que te avale que eres el dueño del terreno, el gobierno dice, eres dueño mientras tengas la posesión y lo estés trabajando, pero no hay un documento oficial que te garantice la propiedad, esa es la desventaja de no tener PROCEDE”.25 Sin embargo, esto cambió por los acuerdos internos en la asamblea ejidal, pues desde 2008 los ejidatarios establecieron sus lineamientos para legitimar el traspaso de tierras a personas locales y foráneas. Como se mencionó, el ejido se conforma por 402 ejidatarios reconocidos; al ser un título heredado, no hubo procesos de ampliación para aumentar el número de integrantes. No obstante, los acuerdos en la asamblea ejidal permitieron no solo el traspaso de terrenos, sino también vender el derecho de ser ejidatario, lo que provocó que la asamblea ya no estuviera integrada exclusivamente por personas de la localidad. Así lo reafirma M. Germán:

Ahora ya eres libre de que vendas tu terreno a gente de afuera, si no puedes venderla con los vecinos de la comunidad, pero la condición es que primero se tiene que ofrecer el terreno a la gente de la comunidad. Para esto, se organiza una asamblea y en ella se ofrece a los integrantes del ejido, si después de tres asambleas nadie lo quiere comprar, ya se puede vender a otra persona ajena. En la mayoría de los casos la gente decide vender a un foráneo porque les ofrece más dinero.26

Los traspasos a personas foráneas desataron conflictos, ya que dispusieron de los recursos del ejido de acuerdo con sus intereses y en algunos casos se negaron a pagarle los terrenos a los ejidatarios. La irrupción de estos actores externos cambió el escenario hacia una tendencia de despojo para la localidad. Como lo analiza Luciano Conchero y Roberto Quintana (2003), para el caso del ejido de Buaysiacobe en Sonora y en el Salto de Eyipantla en Veracruz, el despojo ha sido realizado por empresarios agrícolas que buscan apropiarse de las tierras de mejor calidad para aumentar su producción. Mientras que en Tixmadejé la apropiación únicamente ha sido para asentamiento humano, aunque el uso de los terrenos fue diferente, la manera en que las personas foráneas por la compra de terrenos se apoderaron y reorganizaron el ejido fue similar.

Otro factor que aumentó los conflictos en el ejido fue la explotación de los recursos forestales. En el año 2017 los ejidatarios decidieron vender la madera a una empresa privada, con lo que fueron beneficiados económicamente. Esto acrecentó los problemas por el derecho ejidal y también con los miembros de la comunidad agraria, quienes estuvieron inconformes por no ser contemplados, pues señalaron que ellos también eran parte de la localidad. También mencionaron que la explotación forestal disminuyó el ciclo de precipitaciones y, por tanto, afectó a la agricultura del maíz.

Aunque la venta de terrenos y del derecho ejidal desató conflictos, también fue una decisión que benefició la inclusión de algunas mujeres foráneas a la asamblea ejidal. Es conveniente señalar que para las mujeres de Tixmadejé la única manera de poder integrarse a las asambleas era reclamar el derecho ejidal del esposo ante el comité, principalmente con la muerte del marido. Sin embargo, esto no era tan sencillo, ya que al estar integrada en su mayoría por hombres y por la manera en que se organizó el trabajo en la localidad, su participación no era bien vista.

En Tixmadejé las decisiones sobre la localidad y las labores entre hombres y mujeres durante varias décadas atrás han estado organizadas a través de la división sexual del trabajo. La organización de la localidad se explica desde lo que Elsa Muñiz (2002) define como cultura de género, categoría que “trata de explicar a los individuos construidos culturalmente como hombres y mujeres y las relaciones de poder que entre ellos se establecen”. En la localidad la función de los varones era tomar las decisiones en las asambleas, lo que limitó la inclusión de las mujeres, y en la agricultura eran los encargados del trabajo agrícola. Mientras que las mujeres no tuvieron la facultad de incidir en las decisiones de la localidad, sus labores se limitaron al trabajo doméstico. De este modo, las relaciones de poder entre los integrantes de las asambleas y las mujeres restringieron su inclusión.

El que no se aceptara el programa de certificación en el ejido perjudicó la participación de las mujeres, ya que no pudieron tener el respaldo del certificado de propiedad. Aunque algunas mujeres lograron integrarse a la asamblea ejidal comprando su derecho,27 su incorporación tuvo limitaciones y entre 2005 y 2018 ninguna mujer ha sido comisariada ejidal, que es el órgano de representación más importante del ejido. Ante esto, se puede señalar que PROCEDE no jugó un papel trascendental en el ejido, dado que los acuerdos que realizaron los ejidatarios de manera independiente fueron los que incidieron en la reorganización social y territorial de este núcleo agrario.

En cuanto a lo que sucedió en la comunidad agraria, la fecha de inscripción a PROCEDE, según el PHINA fue el 26 de diciembre de 2005. Al igual que en el ejido, la asamblea de comuneros fue quien decidió la implementación del programa. El comisariado de bienes comunales, G. Luna, señala: “solo el 70 % de los comuneros son parte del programa,28 no todos lo tienen, eso se debe a la desconfianza que tenían nuestras gentes mayores, decían: no lo registro porque me lo quitan”.29 La desconfianza en la implementación del programa de certificación fue constante en algunos núcleos agrarios del país y no solo en Tixmadejé. Al respecto, Héctor Robles menciona:

[…] los ejidatarios actuales le imprimen un nuevo significado a su relación con la tierra, lo que puede incidir en la disponibilidad de aceptar o rechazar PROCEDE. Así, por ejemplo, en el caso de Soteapan (Veracruz), los ejidatarios viejos eran los menos convencidos de los beneficios del parcelamiento de tierras y su incorporación a PROCEDE, en tanto que los ejidatarios de segunda y tercera generación tenían mayor disponibilidad para aceptar el programa (Robles, 2003, p. 137-138).

A pesar de esto, el PROCEDE fue puesto en funcionamiento en la comunidad agraria; sin embargo, al igual que en el ejido, fue un detonador de conflictos. Algunos comuneros señalan que más que ventajas, el certificado parcelario les trajo problemas familiares. El parcelamiento por herencia ha sido la forma más común de repartir los terrenos en Tixmadejé. Cuando los hijos se casan, el papá dispone de una fracción de algún terreno para la construcción de su vivienda. Este hecho ha sido más visible en el centro de la localidad, donde paulatinamente se ha ido reduciendo el área de cultivo del maíz. Al respecto, Héctor Robles (2003) menciona que la vía de acceso mediante lazos familiares es la más importante, ya que involucra a la mitad de los ejidatarios y comuneros, sobre todo, a la mayoría de los sujetos agrarios con predios más pequeños y fraccionados.

El conflicto se presentó cuando el comunero quiso parcelar su terreno. Primero tenía que darse de baja ante el RAN, y después cada hijo debía darse de alta ente el registro agrario y solicitar su certificado, lo que implicó un gasto económico. En algunos casos el certificado se dejó al hijo mayor, lo que también ocasionó problemas entre la familia, pues quien tenía el título era el dueño del terreno.

De esta manera, en la comunidad agraria sucedió lo contrario a los objetivos planteados por PROCEDE, más que dar certeza jurídica, desató conflictos al interior de la comunidad agraria, ya que al dificultar el parcelamiento de los terrenos, los comuneros se cuestionaron los beneficios del programa. Esto provocó que en algunos casos estas transacciones entre los hijos se hicieran de manera independiente a PROCEDE. Al respecto, Éric Léonard explica:

PROCEDE interviene como un elemento nuevo en las negociaciones en torno a los derechos y obligaciones de las diferentes partes sobre los recursos locales y externos a la vez que plantea posibles redefiniciones, tanto en los sistemas locales de regulación social, como en las estructuras de poder familiar y local (Léonard, 2003, p. 300).

La inclusión de PROCEDE trajo beneficios, ya que permitió la ampliación del número de comuneros, lo que favoreció la incursión de las mujeres. A través del certificado parcelario, pudieron registrar su terreno y convertirse en comuneras reconocidas, sin necesidad de recurrir a la resolución de la asamblea, como en el caso del ejido. Al respecto, M. Domingo menciona: “cuando llegó el programa a la comunidad, mi papá me dijo que me inscribiera. En ese tiempo mi marido no estaba conmigo, trabajaba lejos, entonces me dijo que para que nadie nos quitara nuestro terreno que me apuntara”.30 Así, la incorporación del programa de certificación aumentó el número de comuneros reconocidos, puesto que pasó de 400 a 2,678 entre 2005 y 2018.31

Aunque el PROCEDE facilitó la integración de las mujeres a la asamblea comunal, tuvieron que pasar siete años (2005 al 2012), para que una mujer fuera parte del comité comunal, es decir, para que ocupara uno de los tres puestos más importantes dentro de la asamblea. Si bien algunas mujeres en este periodo se desempeñaron en cargos secundarios como suplentes, fue hasta 2012 que una comunera se convirtió en secretaria de la asamblea.

La participación de las mujeres como comuneras también estuvo condicionada por otros procesos locales. Ante los cambios en los ciclos de cultivo, por cuestiones climáticas, específicamente por la disminución de las precipitaciones y la falta de apoyos para el campo, los maridos e hijos tuvieron que migrar de la localidad en busca de otros trabajos que les permitieran seguir sembrando. Esto ocasionó que las mujeres quedaran a cargo del cultivo de la parcela y como titulares del derecho comunal, ya que en muchos casos la migración se volvió permanente. Por consiguiente, se redefinió el rol de la mujer en Tixmadejé con relación a su participación en la agricultura del maíz y en la asamblea comunal.

Así, a causa de la migración de los esposos e hijos, más mujeres se integraron a la asamblea comunal, lo que favoreció su postulación para ser parte del comité.32 Como lo señala el comisariado comunal G. Luna, “aunque la mayoría son hombres, un 60 % y 40 % serán mujeres, poco a poco han ido ganando su derecho, ya ve antes el terreno y el que decidía era hombre, la mujer no se metía en estos asuntos, pero cuando se quedan viudas o el esposo se va ya es más fácil para ellas”.33

De este modo, las mujeres adquirieron un papel más activo en la asamblea comunal, pues pudieron participar en las decisiones de la localidad sobre la implementación de los programas para la agricultura. Sin embargo, no han tenido un reconocimiento pleno de sus derechos, prueba de ello es que no ha habido una mujer comisariada comunal. De esta manera, en la comunidad agraria el PROCEDE fue el programa que les dio a las mujeres la legitimidad de ser reconocidas ante la asamblea comunal.

La implementación de PROCEDE fue diferente en cada núcleo agrario, ya que estuvo condicionada por las decisiones de las asambleas. Como se señaló un aspecto positivo fue la inclusión de las mujeres y su reconocimiento paulatino en la organización de la localidad. Sin embargo, tanto en el ejido como en la comunidad agraria el PROCEDE fue un detonador de desacuerdos. Los ejidatarios por no tenerlo y verse limitados a los traspasos con regulaciones oficiales, y los comuneros por los conflictos familiares que les ocasionó, principalmente por los trámites que se tuvieron que hacer para poder ceder los derechos. De esta forma, los comuneros que se inscribieron a PROCEDE lo ven más como una desventaja que limita el parcelamiento a sus hijos. También este programa permitió la inclusión de nuevos actores locales, como los avecindados y los posesionarios quienes incidieron en la reordenación del territorio, sobre todo por el cambio en el uso del suelo, lo que repercutió en la agricultura del maíz como se explica a continuación. Así, los actores locales reorganizaron el territorio de Tixmadejé de acuerdo con sus intereses, por lo que PROCEDE es un ejemplo de cómo los programas federales se han negociado a nivel local.

¿CUÁL FUE EL PAPEL DE PROCEDE EN LA AGRICULTURA DE MAÍZ?

La agricultura del maíz ha sido la principal actividad de Tixmadejé; sin embargo, debido a la diversidad geográfica de la localidad, tanto en el ejido como en la comunidad agraria, la manera en que se cultiva ha sido diferente.34 El PROCEDE también incidió en la agricultura. Como se mencionó, uno de los objetivos de este programa fue fomentar la inversión privada para hacer más productivo el campo mexicano. Sin embargo, esto no sucedió en Tixmadejé debido a las limitantes condiciones geográficas y climáticas, pues los terrenos tanto del ejido como de la comunidad agraria en su mayoría son menores a cinco hectáreas. El régimen de lluvia es de 707.9 mm en promedio,35 el mínimo para el cultivo del maíz. Además, no existe irrigación para la diversificación de cultivos, por lo que no hubo interés de capital privado en invertir en la agricultura de la localidad. De esta manera, el PROCEDE benefició el desarrollo agrícola de otras regiones del país como el Bajío o el noroeste mexicano, donde las características del suelo y las precipitaciones eran más favorables.

Otro aspecto en el que influyó PROCEDE y que estuvo relacionado con la agricultura de temporal, fue que se convirtió en requisito para recibir el Programa de Apoyos Directos al Campo (PROCAMPO). Este programa fue creado a finales de 1993 y era un apoyo económico compensatorio para reducir el impacto del TLCAN en los pequeños productores y se daba con base en la extensión de los terrenos. Como lo señalan Jonathan Fox y Libby Haight (2010), los sesgos de la política agrícola del gobierno mexicano en contra de los productores de bajos ingresos relegan a los productores campesinos a los programas de asistencia social, antes que ser sujetos adecuados de una estrategia de desarrollo económico. Al estar diseñado conforme a la extensión de las parcelas, terminó beneficiando a los agricultores comerciales, ya que eran quienes poseían un mayor número de hectáreas.

En Tixmadejé el PROCAMPO fue implementado en 1994, antes que el PROCEDE. Contrario a lo que sucedió con el programa de certificación, la incorporación a PROCAMPO fue de manera personal. Como lo señala S Bernardino, “el PROCAMPO fue para todos, pero no todos quisieron entrar. Algunas personas decían que con ese programa el gobierno nos iba a quitar los terrenos, que era un pago por adelantado”.36

Aunque el programa estuvo presente en la localidad desde que se implementó a nivel nacional.37 Este no tuvo un papel significativo en el cultivo del maíz, al estar diseñado conforme a la extensión de los terrenos, no logró cubrir los costos de la producción de este grano, por lo que este apoyo económico no sirvió para impulsar la producción de maíz a nivel local. Como lo analizan Maximiliano et al. (2011), el PROCAMPO se implementó para atenuar los efectos de la desaparición de CONASUPO y de la entrada en vigor del Tratado de Libre Comercio de América del Norte (TLCAN), pero de ninguna manera fue un estímulo a la producción.

Posteriormente, en el año 2005, con la implementación del PROCEDE en Tixmadejé, este se convirtió en requisito para poder acceder a PROCAMPO, por lo que a partir de ese año únicamente fueron parte del programa los comuneros. De esta manera, los ejidatarios de Tixmadejé, al no aceptar el funcionamiento del PROCEDE, no pudieron acceder a este apoyo. Como lo explica Éric Leonard (2003), los subsidios a los productores de granos básicos acordados mediante PROCAMPO están enfocados casi exclusivamente hacia los titulares de un certificado agrario. Así, el programa de certificación también influyó en la agricultura del maíz de la localidad. Sin embargo, al no ser un programa que impulsó el cultivo de este grano, los campesinos tuvieron que desarrollar otras estrategias para continuar con su práctica agrícola, como la diversificación de actividades, ya que buscaron trabajos como albañiles o empleados en las ciudades cercanas como Toluca, México o Querétaro (Lara, 2024, p. 155). Como se señaló en el apartado anterior, ante esta reorganización social en la localidad, las mujeres participaron más en la agricultura, dado que su papel ya no solo estuvo ligado a la transformación del maíz en alimento, sino que se encargaron de realizar todos los trabajos durante el ciclo agrícola.

También es conveniente señalar que otro aspecto en el que incidió el PROCEDE en Tixmadejé y que al mismo tiempo repercutió en la agricultura del maíz fue la incorporación de los avecindados y los posesionarios, quienes cambiaron el uso del suelo, con lo que se desplazó el cultivo de este grano. Como se mencionó, los avecindados normalmente fueron los hijos de los comuneros, quienes, con el repartimiento de tierras por herencia, tuvieron un papel fundamental en la organización territorial y social de la localidad. Por su parte, los posesionarios fueron las personas foráneas o de la localidad que compraron un terreno en Tixmadejé.

La reorganización de territorio estuvo relacionada con el uso de las tierras de los avecindados y los posesionarios, principalmente fue ocupada para la construcción de viviendas, aunado a la inclusión del sector servicios a Tixmadejé en busca de diversificar actividades, lo que disminuyó el área cultivable. “La población rural no agrícola adquiere mayor importancia y conforma unidades familiares plurifuncionales que se reproducen a partir de la combinación de las diferentes actividades económicas de sus miembros” (Grammont, 2004, p. 281). De este modo, la reapropiación del territorio en la localidad a comienzos del siglo desplazó a la agricultura del maíz por actividades más rentables, ya que fue donde se ubicaron los comercios, como abarrotes, verdulerías o pollerías, que abastecieron de productos básicos a Tixmadejé. Así, la incorporación de otros sujetos agrarios determinó el cambio en el territorio, lo que repercutió en el cultivo de maíz al reducir su producción y en el cambio del paisaje.

Entonces, se puede afirmar que después de 2005 el tener PROCEDE fue un condicionante para la implementación de PROCAMPO en el ejido y la comunidad agraria, por lo que solo fueron beneficiados los comuneros; sin embargo, este programa no incentivó al sector agrícola de Tixmadejé, simplemente fue un apoyo que no logró cubrir los costos de producción del maíz, por lo que los campesinos buscaron otras alternativas para continuar sembrando. Ante esta reorganización social, las mujeres adquirieron un papel determinante en el cultivo de este grano.

CONCLUSIONES

El PROCEDE fue el programa con el que comenzó una nueva etapa en el sector agrario mexicano, al dar derechos de propiedad a los campesinos. A nivel local, fue el programa de mayor trascendencia, dado que reorganizó las dinámicas sociales, territoriales y de producción de maíz. Esto se analizó desde el caso de Tixmadejé, en donde la apropiación y negociación del programa fueron diferentes dependiendo del sistema de tierra (ejido o comunal). En el ejido no se implementó por desconfianza de los ejidatarios, mientras que en la comunidad agraria los comuneros sí aceptaron su afiliación al programa.

A pesar de que en el ejido no se puso en funcionamiento, esto no limitó los traspasos de tierras, debido a que los acuerdos al interior del ejido permitieron vender terrenos y el derecho a ser ejidatario a personas foráneas. Esto benefició la participación de las mujeres en las decisiones de la localidad, al poderse integrar a la asamblea ejidal. Sin embargo, sí fue una limitante para acceder a programas para la agricultura como PROCAMPO, ya que después de 2005 se convirtió en requisito para acceder al apoyo.

En la comunidad agraria donde sí se implementó su papel fue conflictivo, por los trámites que se tenían que hacer después de la cesión de derechos, principalmente a los hijos, por el repartimiento de los terrenos por herencia, por lo que algunos comuneros decidieron hacer los traspasos sin regulaciones oficiales. También incidió en la inclusión de otros sujetos agrarios como los avecindados y los posesionarios, quienes se apropiaron del territorio cambiando el uso del suelo, lo cual disminuyó el área cultivable del maíz.

Así, en ambos núcleos agrarios, el programa desató conflictos, a los ejidatarios por no tenerlo y verse limitados en la obtención de programas y a los comuneros por los trámites que tienen que hacer para fraccionar sus terrenos legalmente. A pesar de esto, los acuerdos locales son los que han regido la administración de los núcleos agrarios en Tixmadejé.

El PROCEDE fue planeado para dar legalidad a los acuerdos locales, pero ante la manera en que los campesinos se apropiaron de este programa, se debe cuestionar qué pasó después de su implementación. ¿En qué medida a nivel local el PROCEDE logró transformar la estructura agraria de estos lugares? Desde el caso de Tixmadejé pareciera que los acuerdos locales entre los sujetos agrarios fueron los que prevalecieron antes que las regulaciones oficiales. Así, el PROCEDE es un ejemplo de cómo los programas del gobierno federal se negocian a nivel local. Sin embargo, tendrían que ampliarse los estudios de este programa en otras regiones de México, donde la organización social y territorial es diferente. Esto ayudará a entender cómo se desarrolló esta etapa del sector agrario mexicano.

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ENTREVISTAS

  • BERNARDINO, S. Entrevista Juana Lara Mondragón [teléfono celular], Tixmadejé, México, 3 de septiembre de 2023.
  • DOMINGO, M. Entrevista Juana Lara Mondragón [teléfono celular], Tixmadejé, México, 20 de mayo de 2023.
  • GERMÁN, M. Entrevista Juana Lara Mondragón [teléfono celular], Tixmadejé Barrio II, México, 12 de mayo de 2023.
  • LUNA, G. Entrevista Juana Lara Mondragón [teléfono celular], Doxtejé Centro, México, 6 de mayo 2023.
  • 2
    Reglamento de la Ley Agraria en materia de Certificación de Derechos Ejidales y Titulación de Solares, (DOF, 1993).
  • 3
    Fue presidente de México entre 1988 y 1994. Durante su sexenio se consolidó la implementación de las políticas económicas neoliberales, centradas en una menor intervención del Estado en varios sectores, incluido el agrario, y con la apertura al mercado internacional.
  • 4
    Es una producción a gran escala, que se caracteriza por el uso de maquinaria, sistemas de riego, uso de semillas mejoradas, se realiza en grandes extensiones de tierra y es para comercialización (Lara, 2024, p. 2).
  • 5
    Acuerdo de apertura comercial entre Canadá, Estados Unidos y México que promovió la inversión entre los tres países, que trató de eliminar las barreras comerciales y facilitar la circulación de bienes y servicios. El acuerdo entró en vigor el 1 de enero de 1994, aunque tuvo sus inicios con Acuerdo General sobre Aranceles Aduaneros y Comercio (GATT) en 1986, con el que inició la inserción de la agricultura mexicana al comercio internacional. EL TLCAN implicó enormes retos para el sector agrícola mexicano, puesto que sería obligado a competir con las economías de futuros socios. Ante esto, se impulsó la agricultura intensiva con el fin de aumentar la producción de cultivos para el mercado internacional.
  • 6
    También se le conoce como agricultura campesina, es una producción de policultivo que se realiza en terrenos menores de cinco hectáreas. Se cultiva con semillas nativas, comúnmente es de temporal, se realiza con herramientas tradicionales como el arado y se utilizan fertilizantes orgánicos. Además, la producción normalmente es de subsistencia (Lara, 2024, p. 4).
  • 7
    Término genérico por el cual se identifica a los núcleos ejidales o comunales, que han sido beneficiados por una resolución presidencial dotatoria o sentencia de los Tribunales Agrarios, a través de la cual les fueron concedidas tierras, bosques y aguas (Procuraduría Agraria, 2014).
  • 8
    Aunque el cierre operativo de PROCEDE a nivel federal fue en 2006, la organización de Tixmadejé continuó girando en torno al certificado parcelario. Véase en “Acuerdo por el que se declara el cierre operativo y conclusión del Programa de Certificación de Derechos Ejidales y Titulación de Solares Urbanos” (PROCEDE) (DOF, 2006).
  • 9
    La administración de Andrés Manuel López Obrador (2018-2024) propuso cuatro programas estratégicos para lograr este objetivo: agricultura productiva, sustentable e incluyente; apoyos directos a campesinos; precios de garantía y el fomento a la productividad pesquera y acuícola (Presidencia de la República, 2019).
  • 10
    La autosuficiencia alimentaria fue uno los objetivos que plantearon los gobiernos postrevolucionarios desde la década de los cuarenta. Esto se logaría a través de los programas de modernización agrícola financiados por la Fundación Rockefeller; sin embargo, estos planes estuvieron dirigidos principalmente a los medianos y grandes agricultores, quienes poseían terrenos de gran extensión, mayores a cinco hectáreas, y condiciones económicas para la compra de insumos y maquinaría. La autosuficiencia alimentaria dejó de ser prioridad en la década de los ochenta con la crisis económica y la implementación de las políticas neoliberales en México (Hewitt, 1982).
  • 11
    Aunque la comunidad es de origen otomí los aspectos culturales como la lengua y la vestimenta se han perdido paulatinamente en los últimos años; sin embargo, aún se rigen por usos y costumbres, es decir, son los integrantes de la comunidad quienes eligen cómo organizarse y a los comités que los representan ante las autoridades municipales, estatales y federales.
  • 12
    En el municipio de Acambay el cultivo de maíz es la principal actividad económica. Entre 2003 y 2018, su producción representó el 3.3 % del total del Estado de México. Estos datos colocaron a Acambay dentro de los diez principales productores maiceros de la entidad en este periodo. También contribuyó a que la entidad fuera uno de los tres principales productores más importantes de maíz a nivel nacional junto con Sinaloa y Jalisco (Lara, 2024, p. 81).
  • 13
    Población indígena o multiétnica que haya tenido en algún momento de su historia (o que sus pobladores creyeran haber tenido) terrenos comunales (Beitenmann, 2017, p. 2014).
  • 14
    Proceso que se basó en la Ley de Desamortización de Bienes de Corporaciones Civiles y Religiosas (o bienes de manos muertas), mejor conocida como Ley Lerdo, expedida el 25 de junio de 1856. Esta ley dictaminó que las tierras dejarían de pertenecer a las comunidades, o a los ayuntamientos de los que dependían, para ser parceladas y entregadas en propiedad a los individuos que detentaban la posesión o el usufructo, fueran comuneros o arrendatarios (Marino, 2001, p. 34).
  • 15
    La restitución del ejido fue hecha el 19 de diciembre de 1929 (DOF, 1929).
  • 16
    El ejido de Tixmadejé se conforma por trece localidades: Tixmadejé Grande, Tixmadejé Chiquito, Tixmadejé Barrio II, Barrio de Candeje, Cerrito de Tixmadejé, Barrio de Guadalupe, El Pedregal de Tixmadejé, Doxtejé Centro, Doxtejé Barrio I, Doxtejé Barrio II, La Providencia, Conejeras y El Ejido Tixmadejé.
  • 17
    Resolución sobre reconocimiento y titulación de bienes comunales del poblado Santa María Tixmadejé, en Acambay, México, 1968. Con una extensión de 2, 815 hectáreas, que benefició a 439 personas (DOF, 1968).
  • 18
    La comunidad de Santa María Tixmadejé se integra por once localidades: Tixmadejé Grande, Tixmadejé Chiquito, Tixmadejé Barrio II, Barrio de Candeje, Cerrito de Tixmadejé, Barrio de Guadalupe, El Pedregal de Tixmadejé, Doxtejé Centro, Doxtejé Barrio I, Doxtejé Barrio II y La Providencia.
  • 19
    Según el artículo 27 constitucional, fracción VII, la asamblea general es el órgano supremo del núcleo de población ejidal y comunal y su organización se rige bajo la Ley Agraria, aunque tienen autonomía en la toma de decisiones. Las asambleas ejidales y comunales se han organizado de acuerdo con sus intereses.
  • 20
    Al mismo tiempo, la asamblea ejidal y comunal se componen de un comité, que está conformado por un comisariado ejidal o comunal, un secretario y un tesorero, sus respectivos suplentes y un comité de vigilancia. Los comités ejidales y comunales han sido los encargados de representar a los núcleos agrarios (ejido y comunidad agraria) ante las autoridades municipales, estatales y federales.
  • 21
    Según la Procuraduría Agraria (2015), el ejidatario es el sujeto agrario integrante del núcleo ejidal, “mexicano, mayor de edad, que cuente con certificado de derechos agrarios, certificado parcelario o de derechos comunes, sentencia o resolución de tribunal agrario. Son ejidatarios los hombres y las mujeres titulares de derechos ejidales”.
  • 22
    El comunero es “el titular de los derechos en una comunidad agraria legalmente reconocida, lo cual le permite el uso y disfrute de su parcela y la cesión de sus derechos, así como el aprovechamiento y beneficio de los bienes de uso común” (Procuraduría Agraria, 2015, p. 7).
  • 23
    Son “los mexicanos mayores de edad que hayan residido por un año o más en las tierras del ejido o la comunidad agraria, reconocidos por la asamblea del núcleo agrario o por el tribunal agrario competente” (Procuraduría Agraria, 2015, p. 7).
  • 24
    Son las autoridades encargadas de representar a los núcleos agrarios ante las autoridades de gobierno. Otras de sus funciones son la de administrar los recursos naturales del ejido y comunidad agraria y ser mediador en los conflictos por la tierra dentro de la localidad.
  • 25
    Entrevista al comisariado ejidal M. Germán, realizada por Juana Lara Mondragón, Tixmadejé Barrio II, México, viernes 12 de mayo de 2023.
  • 26
    Entrevista al comisariado ejidal M. Germán, realizada por Juana Lara Mondragón, Tixmadejé Barrio II, México viernes 12 de mayo de 2023.
  • 27
    El proceso para comprar el derecho fue un acuerdo en la asamblea ejidal. Se realizan tres asambleas, en donde primero se ofrece a los ejidatarios y, si nadie quiere comprarlo, ya se podía vender a personas ajenas a la localidad.
  • 28
    Para acceder a PROCEDE, los comuneros que eligieran ser parte del programa tenían que inscribirse en el programa. Posteriormente, el programa llevaba a cabo dos tipos de cálculos. En primer lugar, era la medición general del ejido o comunidad, rectificando las colindancias y levantando un mapa del núcleo agrario. Después, mide al interior del núcleo agrario, delimita las parcelas, respetando su división interna. Una vez realizado esto se entrega el certificado de derechos parcelarios y comunal (Braña y Martínez, 2005, p. 37).
  • 29
    Entrevista al comisariado de bienes comunales, G. Luna, realizada por Juana Lara Mondragón, Doxtejé Centro, México, sábado 6 de mayo de 2023.
  • 30
    Entrevista a M. Domingo, comunera de 55 años, realizada por Juana Lara Mondragón, Tixmadejé, México, 20 de mayo de 2023.
  • 31
    Entrevista a S. Bernardino, campesino de 73 años, realizada por Juana Lara Mondragón, Tixmadejé Grande, México, 3 de septiembre de 2023.
  • 32
    Al igual que el comité ejidal, es el órgano de representación más importante de la comunidad agraria y está constituido por un presidente, un secretario y un tesorero y sus respectivos suplentes. Asimismo, contará, en su caso, con las comisiones y los secretarios auxiliares que señale el reglamento interno. Ley Agraria, 1992, p. 7.
  • 33
    Entrevista al comisariado de bienes comunales, G. Luna, realizada por Juana Lara Mondragón, Doxtejé Centro, México, sábado 6 de mayo de 2023.
  • 34
    La agricultura del maíz se ha realizado en tres zonas diferentes: el ejido, el centro de la localidad y el valle que conforman la comunidad agraria. Cada una de estas zonas es geográficamente diferente, por lo que los sistemas de producción agrícola son únicamente dos: la milpa y el monocultivo. El maíz, en su mayoría, es para autoconsumo, aunque algunos campesinos con mayores extensiones de tierra han podido sembrar para vender localmente.
  • 35
    El milímetro (mm) de agua acumulada es el esquivarte volumétrico a un litro por metro cuadrado. Los rangos de precipitación acumulada para una producción de mediano rendimiento son de 480 mm (lámina mínima acumulada para un cultivo con escasez de agua), de 1300 a 1500 mm (para una lámina de precipitación con exceso) y de 700 a 1300 para un rendimiento óptimo de cultivo (INIFAP, 2012).
  • 36
    Entrevista a S. Bernardino, campesino de 73 años, realizada por Juana Lara Mondragón, Tixmadejé Grande, México, 3 de septiembre de 2023.
  • 37
    En el año 2014, PROCAMPO se sustituyó por el programa PROAGRO Productivo, aunque la manera en que funcionó fue la misma. Un apoyo económico para los pequeños productores de las zonas rurales más pobres. Informe presidencial, 2014, p. 350.
  • 1
    El programa se impulsó con la promulgación del Reglamento de la Ley Agraria en materia de Certificación de Derechos Ejidales y Titulación de Solares el 6 de enero de 1993.
  • Editor Chefe:
    Renato Francisquini Teixeira

Fechas de Publicación

  • Publicación en esta colección
    01 Dic 2025
  • Fecha del número
    2025

Histórico

  • Recibido
    16 Ene 2025
  • Acepto
    28 Abr 2025
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